Destinatarios de las ayudas:
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares y edificios residenciales colectivos, ya sean personas físicas o jurídicas.
- Administraciones públicas, organismos y entidades de derecho público, empresas públicas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por administraciones públicas.
- Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Propietarios agrupados de edificios que cumplan con los requisitos del artículo 396 del Código Civil.
- Sociedades cooperativas formadas por propietarios de viviendas o edificios que cumplan con los requisitos legales.
- Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios y cooperativas que acrediten dicha condición.
Objeto de las ayudas:
- Financiar obras de rehabilitación en edificios residenciales y viviendas, incluyendo viviendas unifamiliares.
- Urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
Bases reguladoras:
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuantía de las ayudas:
- Dotación presupuestaria máxima: 2.165.430,00 euros.
- La cuantía máxima de la ayuda por edificio se determinará según el coste total de las actuaciones y los criterios establecidos.
- Posibilidad de ayudas adicionales en casos de vulnerabilidad económica, pudiendo alcanzar hasta el 100% del coste imputable al propietario o usufructuario en situación vulnerable.
- Incremento de la cuantía máxima hasta 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio para casos que impliquen la retirada de elementos con amianto.
Plazo de presentación de solicitudes:
- Cuatro meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
- Las solicitudes presentadas fuera de este plazo serán inadmitidas.
Información adicional:
- Las ayudas se tramitarán por procedimiento de concurrencia no competitiva.
- Se deben cumplir los requisitos en materia de eficiencia energética establecidos.
- En caso de transmisión de la vivienda en los cinco años siguientes a la recepción de una ayuda complementaria por vulnerabilidad, se deberá reintegrar el importe más los intereses correspondientes.
Presupuesto
2.165.430 € para la Fase I del “Barrio Juan de la Cierva” en Getafe.