Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares y edificios residenciales colectivos, ya sean personas físicas o jurídicas.
Administraciones públicas, organismos y entidades de derecho público, empresas públicas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por administraciones públicas.
Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios.
Propietarios agrupados de edificios que cumplan con los requisitos del artículo 396 del Código Civil.
Sociedades cooperativas formadas por propietarios de viviendas o edificios que cumplan con los requisitos legales.
Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios y cooperativas que acrediten dicha condición.
Objeto de las ayudas:
Financiar obras de rehabilitación en edificios residenciales y viviendas, incluyendo viviendas unifamiliares.
Urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
Bases reguladoras:
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La cuantía máxima de la ayuda por edificio se determinará según el coste total de las actuaciones y los criterios establecidos.
Posibilidad de ayudas adicionales en casos de vulnerabilidad económica, pudiendo alcanzar hasta el 100% del coste imputable al propietario o usufructuario en situación vulnerable.
Incremento de la cuantía máxima hasta 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio para casos que impliquen la retirada de elementos con amianto.
Plazo de presentación de solicitudes:
Cuatro meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Las solicitudes presentadas fuera de este plazo serán inadmitidas.
Información adicional:
Las ayudas se tramitarán por procedimiento de concurrencia no competitiva.
Se deben cumplir los requisitos en materia de eficiencia energética establecidos.
En caso de transmisión de la vivienda en los cinco años siguientes a la recepción de una ayuda complementaria por vulnerabilidad, se deberá reintegrar el importe más los intereses correspondientes.
Presupuesto
2.165.430 € para la Fase I del “Barrio Juan de la Cierva” en Getafe.
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